Digitaliza DIF Nuevo León trámites y servicios para las familias
MONTERREY, NL., 5 de junio de 2026.- Para fortalecer la protección de niñas, niños y adolescentes que dependen de una pensión alimenticia, el Congreso de Nuevo León aprobó una reforma al Código Civil estatal que permitirá, bajo autorización judicial y en casos excepcionales, el embargo parcial de recursos de las cuentas de ahorro para el retiro de deudores alimentarios incumplidos.
La modificación legal fue impulsada por la diputada local de Movimiento Ciudadano, Melisa Peña, quien destacó que la medida busca asegurar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias cuando los responsables no cuentan con ingresos suficientes y han dejado de aportar para la manutención de sus hijos.
La reforma incorpora el artículo 322 Bis al Código Civil para el Estado de Nuevo León, estableciendo que un juez podrá autorizar la disposición de hasta el 10 por ciento de la cuenta individual de ahorro para el retiro del deudor alimentario, siempre que se acredite que se encuentra desempleado o carece de recursos para cumplir con su obligación.
“Las pensiones alimenticias representan un derecho fundamental de las niñas, niños y adolescentes. Con esta reforma fortalecemos los instrumentos legales para asegurar que quienes tienen derecho a recibir estos recursos no queden desprotegidos ante el incumplimiento de una obligación alimentaria”, señaló Melisa Peña.

La legisladora explicó que antes de recurrir a los recursos destinados al retiro, deberá comprobarse la falta de empleo o de ingresos suficientes por parte del deudor. Asimismo, se dará prioridad a las aportaciones voluntarias existentes en la cuenta individual y únicamente cuando estas resulten insuficientes podrá considerarse el uso de otros recursos disponibles en la misma.
La reforma también establece límites para proteger el patrimonio del trabajador. El monto susceptible de embargo no podrá exceder el equivalente a 65 días de salario mínimo vigente ni superar el 10 por ciento del saldo total de la cuenta individual, aplicándose siempre la cantidad menor.
Peña subrayó que esta medida busca privilegiar el interés superior de la niñez y brindar herramientas legales más eficaces para garantizar el acceso a los recursos necesarios para el desarrollo y bienestar de menores de edad.
“Con esta acción se fortalece la protección de los derechos de la niñez y contribuye a garantizar que las obligaciones alimentarias se cumplan de manera efectiva, privilegiando en todo momento el bienestar de las niñas, niños y adolescentes”, concluyó.
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